Período Formativo
1820-1826 |
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el presente estudio, al período comprendido entre 1820 y 1826 lo designamos
como “Período Formativo”. Esta etapa es de gran significación e importancia
para el estudio de las instituciones políticas, porque en el mismo se produjo
la formación y organización del Poder Ejecutivo de Mendoza. En
el Período Formativo se constituyó el Poder Ejecutivo, representado en la
figura del Gobernador de la provincia de Mendoza. Este Poder Ejecutivo,
durante estos años se formó orgánica e institucionalmente y además, creó una
serie de instituciones y dependencias en el ámbito de su jurisdicción.
Podemos afirmar que durante esta etapa se organizó institucionalmente el
estado provincial y de modo especial, el Poder Ejecutivo. Pero también fue un
período en el cual se definieron las distintas tendencias políticas y los
lineamientos ideológicos que sirvieron de base y fundamento para las
instituciones recientemente constituidas. Durante
este período de formación entre 1820 y 1826 se constituyeron los tres poderes
del estado provincial. De este modo,
no sólo se organizó el Poder Ejecutivo, sino también, nació el Poder
Legislativo con la creación de la H. Sala de Representantes y además, surgió
un incipiente Poder Judicial con la Cámara de Apelaciones y el nombramiento
de Jueces. Las
características más significativas de este período de formación del Poder
Ejecutivo fueron, en primer lugar que algunas instituciones de larga
tradición hispánica continuaron vigentes, incluso se conservó la misma
denominación del Gobernador Intendente durante la época hispánica, para el
Poder Ejecutivo provincial. En segundo lugar, se sustentó la concentración
del poder en una sola persona y la consideración de la función de gobierno
como eje central y organizador de los otros poderes. Esto nos confirma que el Gobernador de la provincia de
Mendoza que surgió a partir de 1820 conservó, no solamente la reminiscencia,
sino que mantuvo gran parte de la normativa propia del Gobernador indiano. No
obstante, las nuevas ideologías políticas en cuanto a la organización de las
instituciones se fueron fortaleciendo y dieron origen a la formación y
constitución de una estructura administrativa y estatal, de carácter
representativo, republicano y fundado en la división de poderes, que se fue
consolidando en los sucesivos gobiernos.
Los
gobernadores de este Período Formativo fueron de ideología liberal, excepto
José Albino Gutiérrez, y tuvieron una comprensión modernizadora y
organizadora de la función de gobierno. Más allá de algunas diferencias
ideológicas, consolidaron al Poder Ejecutivo como el poder más importante del
estado, como el poder central y organizador en torno al cual fueron surgiendo
los otros poderes e instituciones. A
continuación presentamos en el siguiente cuadro el listado de los Gobernadores
de Mendoza que estuvieron al frente del Poder Ejecutivo y cuyos gobiernos
desarrollamos en los capítulos correspondientes. Hemos considerado a partir
de la elección de Tomás Godoy Cruz como Gobernador Intendente de Mendoza, que
junto a Pedro Molina concluyeron su período de gobierno; mientras que José Albino Gutiérrez fue
depuesto por una revolución unitaria encabezada por el general Juan Lavalle,
que además, consagró como nuevo gobernador a Juan de Dios Correas. Autoridades a cargo del Poder Ejecutivo 1820-1826
Tomás Godoy Cruz A
partir de la elección de Tomás Godoy Cruz como gobernador de Mendoza se
inició el proceso de formación del estado provincial y separación de los tres
poderes, de acuerdo a las nuevas ideas de republicanas que comenzaban a
imponerse. Pero sin relegar del pasado
colonial, que tuvo una fuerte presencia e influyó en la formación del Poder
Ejecutivo. Con
la sanción en abril de 1821 de las Ordenanzas Previsionales para el Cabildo
de Mendoza, se pusieron de manifiesto los amplios poderes y atribuciones que
tenía el Poder Ejecutivo provincial, al asumir funciones de policía con
incumbencia en la administración de justicia e incursionar en el
funcionamiento interno del Cabildo, órgano que quedó supeditado a las
decisiones políticas del Gobernador. A
instancias del Poder Ejecutivo se creó una Honorable Junta de Representantes
de Mendoza integrada originalmente por
cinco vecinos, que funcionó en sus comienzos como órgano asesor y consultivo
del Poder Ejecutivo con facultades
legislativas específicas. Esta H. Junta de
Representantes fue incrementando sus funciones legislativas y constituyentes
y su concurrencia cada vez más
compleja como Poder Legislativo, participando en la sanción de leyes
esenciales y fundamentales para la constitución del estado provincial y la
organización de los poderes del estado. Tomás
Godoy Cruz fue el primer gobernador de la provincia de Mendoza en recibir el
otorgamiento, por parte de la H. Junta de Representantes, de facultades
extraordinarias para actuar con
amplios poderes, según las circunstancias en defensa de los intereses del
estado provincial. La
administración de justicia en Mendoza no tenía existencia como poder del
estado independiente, sino que su
aplicación se encontraba en distintas instituciones y conservaba la tradicional organización hispana de división en funciones o causas y no en
poderes. De igual modo, el Cabildo tenía a su cargo las funciones de justicia
en primera instancia. El Gobernador Intendente, Tomás Godoy Cruz, al
advertir la necesidad de organizar la
administración de justicia en el ámbito provincial, propuso a la H. Junta de Representantes la aprobación de una
ley para designar un juez civil en
cada villa con el nombre de Subdelegado. Esta iniciativa de organizar el
Poder Judicial como un poder independiente del estado provincial se concretó
con el gobierno de su sucesor, Pedro Molina. En
cuanto a la organización normativa, la provincia de Mendoza aprobó y adoptó
el Reglamento Provisorio de 1817 y la Constitución Nacional de 1819, ambas normas
estuvieron vigentes en cuanto al
cumplimiento de algunos sus artículos, adoptados e incorporados a la
legislación vigente de la provincia. Pedro Molina Pedro
Molina asumió el gobierno de Mendoza en enero de 1822 en un marco dominado,
por un lado, por los seguidores de la unidad dirigida desde Buenos Aires por
Bernardino Rivadavia, donde la centralización y el orden administrativo que
provenían del unitarismo político pretendían concluir con la desorganización
institucional y política que reinaba desde fines de 1819. Mientras, por otro lado, se encontraban los
caudillos, herederos de la tradición colonial española y defensores de sus
provincias que disputaron también la lucha por el poder. El
Poder Ejecutivo fue incrementando cada vez más sus facultades y atribuciones
propias y delegadas y, de este
modo, se impuso el gobernador por
sobre los otros dos poderes, que se organizaban desde la función delegada.
Mediante la sanción de una ley, cuyo proyecto había sido presentado por el
Gobernador Pedro Molina, el Poder Ejecutivo quedó encargado de las funciones de Policía, que
correspondían al Cabildo. Asimismo, la H. Sala concedió al Poder Ejecutivo la
iniciativa en la sanción de las leyes, es decir, le concedió prerrogativas
legislativas al gobernador de la provincia
para presentar y defender proyectos e iniciativas de leyes. La
administración de Pedro Molina no solamente se abocó a la organización de las
instituciones que integraban el estado provincial, sino también fomentó la
explotación minera en la provincia.
Además, tuvo en cuenta la importancia de otorgar a las producciones
del suelo la protección que necesitaban, eliminando los derechos e impuestos
que pesaban sobre los mismos. Las
dificultades que se le presentaron a Pedro Molina al frente del gobierno de
la provincia fueron producidas por una crisis monetaria en Mendoza que derivó
en la falsificación de moneda y en problemas para la acuñación de moneda
propia. Además, se revelaron discrepancias entre el Poder Ejecutivo y el
Cabildo por temas educativos
relacionados con el colegio de la Santísima Trinidad y también problemas con
la iglesia, derivados de la reforma religiosa que aplicó a partir de 1823. La
administración de justicia fue una de las preocupaciones constantes en los
primeros gobiernos provinciales. El Gobernador Pedro Molina consideró este
aspecto como una prioridad y promulgó un decreto sobre administración de
justicia en la provincia. El 6 de agosto de 1822 la
H. Sala de Representantes aprobó el Reglamento de creación de la Cámara de
Apelaciones o Tribunal de la Ilustrísima Cámara de Justicia y organizó, de
este modo, el tercer poder del estado provincial que carecía de reglamento y administración
propia. La Cámara de Apelaciones quedó constituida como máximo tribunal de
administración de justicia en la provincia, compuesto por cinco
jurisconsultos, un fiscal y un portero. Sin
embargo, la administración de justicia se demoraba en la resolución de los
juicios y en la aplicación de las sentencias, complementado
con la falta de abogados y letrados para desempeñar las funciones judiciales
en la provincia. En consecuencia, el 6 de diciembre de 1822 la H. Sala de Representantes abolió la Cámara de
Apelaciones y, el Poder Ejecutivo para cubrir este vacío creó una comisión
permanente de primera instancia, compuesta de tres letrados. Tras
la supresión de la Cámara de Justicia,
subsistía la necesidad de la existencia de un Tribunal de Justicia
superior para acordar los juicios y apelaciones. La
H. Sala de Representantes resolvió que el Asesor de Gobierno, integrante del
Poder Ejecutivo, se desempeñara como Juez de primera instancia en los
negocios de hacienda y también en los asuntos contenciosos y criminales. El
gobernador de la provincia quedó como Juez de Apelaciones en los negocios de
hacienda, civiles y criminales. Este nuevo reordenamiento de la justicia
concedió al Poder Ejecutivo funciones y atribuciones que eran propias de la
administración de justicia. José Albino Gutiérrez La designación al frente del Poder Ejecutivo de José
Albino Gutiérrez significó la llegada al gobierno de un federal indiscutible,
pero esto no fue obstáculo para continuar con la política y la administración
seguida por sus antecesores. En los pocos días que estuvo
frente al gobierno de la provincia adoptó una actitud moderada con la
oposición. Aunque, la situación cambió
notablemente, con la llegada a la provincia del general unitario Juan
Lavalle, que no solamente destituyó a José A. Gutiérrez sino que también, se
adjudicó ilegalmente el gobierno de Mendoza y se proclamó Gobernador militar
interino. Juan de Dios Correas A partir de entonces, la provincia cambió no
solamente de gobernador, sino que además el federalismo fue desplazado por
gobernadores de tendencia unitaria. La elección de Juan de Dios Correas
significó la adhesión al unitarismo y la aceptación a las directivas
centralistas rivadavianas. El gobierno de Juan de Dios Correas se destacó
porque fue un notable administrador de la función pública y propició el
desarrollo de las instituciones políticas del estado provincial y de modo
especial del Poder Ejecutivo. Esto lo vemos en relación con la gran cantidad
de decretos y leyes que se sancionaron durante su gestión. Sin duda, el hecho más distintivo del Gobernador Correas fue la supresión del
Cabildo de Mendoza; institución que los gobiernos anteriores se habían
encargado de dejar carente de autoridad y con escasa representación en la
sociedad mendocina. Además, el Cabildo significaba la presencia institucional
colonial, que aún se mantenía vigente, pero que indudablemente chocaba con
las nuevas ideas liberales y reformadoras. |
Durante la gestión del gobernador
intendente Tomás Godoy Cruz, el Poder Ejecutivo estuvo sujeto a un
perfeccionamiento constante. En un principio, el gobernador concentraba en su
persona todo el peso de la gestión pública, era la única autoridad, la máxima
autoridad de la provincia. Las funciones ejecutivas eran extensas y, en
ciertos aspectos, incluían las competencias de la nación disuelta o las que correspondían al jefe supremo del
estado.
Tomás Godoy Cruz consolidó durante su gobierno el principio
de autonomía provincial y estado soberano. Igualmente, al frente del Poder
Ejecutivo fue ampliando su esfera de acción a través de la apropiación de las
funciones no delegadas expresamente por los otros poderes o instituciones del
estado.
El gobierno de Pedro Molina se distinguió por su gestión
constructiva. Con la ayuda de su ministro Pedro Nolasco Videla continuó con las reformas políticas y con
la formación definitiva de los poderes del estado que había iniciado su
precursor, Tomás Godoy Cruz.
Igualmente, se encargó de restablecer la calma y tranquilidad en la
provincia, alterada por levantamientos y rebeliones. De este modo, comenzaron
a tomar fuerza los problemas más importantes como la situación económica, los
conflictos derivados de la organización nacional y la convocatoria a un
Congreso General. El Gobernador Pedro Molina se propuso
organizar el Poder Ejecutivo de acuerdo a los principios republicanos de
división de poderes y otorgarle una estructura institucional propia. Para ello,
planteó cambiar la denominación del titular del Poder Ejecutivo de la
provincia por la de Gobernador de la provincia, concediéndole las mismas
atribuciones que poseía el Poder Ejecutivo Nacional, de acuerdo a la
Constitución Nacional de 1819. EL REGISTRO
MINISTERIAL (BOLETÍN OFICIAL) Con la intención de hacer públicos los actos del gobierno Pedro
Molina creó el Registro Ministerial. El Poder Ejecutivo constituido en
Mendoza dentro del marco normativo de
la Constitución de 1819 tenía amplios poderes y atribuciones, no
solamente ejecutivas sino también
legislativas y judiciales. Asimismo, el Gobernador Pedro Molina organizó la
administración de los fondos públicos del estado provincial y creó un
Tribunal de cuentas con el propósito de ordenar la administración pública.
TRATADOS INTERPROVINCIALES
Durante el gobierno de Pedro Molina se
firmó el Tratado de San Miguel de las Lagunas
entre las provincias de Mendoza, San Juan y San Luis por el cual se
aprobó la necesidad de convocar a un Congreso General Constituyente para
sancionar una constitución y organizar el sistema general de gobierno que
debía regir a todas las provincias. No obstante, al fracasar esta
convocatoria las tres provincias acordaron poner en vigencia el Pacto de
Unión de las Provincias de Cuyo y el Reglamento Provisional de Gobierno,
sancionados ambos en abril de 1821. SABÍAS QUE…El Gobernador Juan de Dios Correas
tuvo una política de apertura e integración con respecto a las demás
provincias; asimismo, participó con diputados
en el Congreso Nacional y se subordinó a las directivas ideológicas enviadas
por Bernardino Rivadavia desde Buenos Aires.
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